Preguntas frecuentes sobre evaluación por compensación curricular

Estas preguntas frecuentes pretenden aclarar y ampliar información sobre ciertos aspectos y cuestiones relativas a la “Evaluación por Compensación Curricular” que aparecen en el capítulo VIII del “Reglamento de Evaluación del Estudiante de la Universidad de Castilla – La Mancha”.

Enviar las solicitudes al Secretario de la EIIA por correo electrónico (miguel.canas@uclm.es) o presentar físicamente la solicitud en la Secretaría del Centro en el edificio 6 dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de actas de la convocatoria oficial en la que se solicita la compensación curricular.

Convocatoria
Solicitud evaluación compensatoria

Preguntas Frecuentes sobre Evaluación por Compensación Curricular

La convocatoria para poder solicitar la evaluación por compensación se publicará en la página web de la EIIA (www.uclm.es/toledo/EIIA) el día de finalización del cierre de actas de la convocatoria oficial para la que se quiere solicitar la evaluación.

En el documento de la convocatoria se especifican los plazos dentro de los cuales se podrá presentar la solicitud, que corresponderán con los 10 días hábiles siguientes al cierre de actas de la convocatoria oficial en la que se solicita la compensación curricular.

La información de la asignatura requerida en la solicitud está disponible en la guía docente de la asignatura.

Por ejemplo, si en la guía docente aparece:

Grado: 415 - GRADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA (TO-21)

Eso significa que el plan de estudios es el 415 y la especialidad Grado en Ingeniería Eléctrica.

Asignaturas de carácter básico u obligatorio con una equivalencia en ECTS no superior a 12 créditos, o asignaturas optativas que formen parte de una mención o intensificación necesaria para la obtención del título. La evaluación por compensación no es aplicable a asignaturas optativas que no cumplan alguna de estas dos últimas condiciones. Tampoco es aplicable la compensación curricular al Trabajo Fin de Grado, el reconocimiento del nivel de idiomas ni las prácticas externas.

  • Que haya cursado en la UCLM, al menos, el 50% de la carga lectiva del título al que pertenece la asignatura para la cual quiero solicitar la evaluación por compensación.
  • Que en el momento de solicitar la evaluación por compensación me quede únicamente una asignatura para finalizar mis estudios (exceptuando el TFG), y que esta asignatura sea para la que quiero solicitar la evaluación por compensación.
  • Que me haya examinado de la asignatura para la que solicito la evaluación por compensación un mínimo de dos convocatorias en cursos académicos diferentes y ambas en la UCLM, exceptuando las asignaturas del último curso, donde las dos convocatorias pueden ser en un mismo curso académico.
  • Que me encuentre matriculado de la asignatura y haya sido calificado en la convocatoria para la que solicito la compensación con una nota distinta de cero en el acta de la asignatura.

En el caso de no cumplir alguno de los requisitos para poder solicitar la evaluación por compensación, la Dirección de la Escuela acordará su inadmisión y se dará traslado del acuerdo a la persona interesada.

La entrega de la solicitud debe realizarse dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de actas de la convocatoria oficial en la que se solicita la compensación curricular. El modelo de solicitud puede solicitarse en la Secretaría de la Escuela (despacho 6.21) o se podrá descargar de la web de la EIIA.

La solicitud deberá estar dirigida a la Dirección de la Escuela de Ingeniería Industrial y Aeroespacial de Toledo y, una vez cumplimentada y firmada, deberá registrarse en la Secretaría del Centro.

En caso de presentarse de forma electrónica enviar la solicitud firmada a miguel.canas@uclm.es

Para calcular la evaluación por compensación (EC) se debe aplicar la siguiente fórmula:

EC = NM * 0,7 + CAP * 0,3

donde:

  • NM es la nota media ponderada a créditos de todas las asignaturas aprobadas de la titulación, redondeada a dos decimales. Esta nota media puede consultarse en el expediente académico del\la estudiante.
  • CAP es la calificación de la asignatura pendiente y su valor representa el máximo entre la media aritmética de la calificación numérica de la asignatura a compensar (considerando todas las convocatorias agotadas por el\la estudiante, incluyendo la calificación obtenida en la convocatoria para la cual solicita la compensación), y la calificación obtenida en la última convocatoria. Para el cálculo de este valor se deben tener en cuenta las calificaciones reflejadas en las actas de la asignatura.

El valor de EC debe ser igual o superior a 5 puntos para poder compensar la asignatura.

El plazo máximo de resolución de la solicitud será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Una vez resuelta la solicitud, se elaborará un acta firmada por el\la Director\a de la Escuela, en el que constará la calificación de “Aprobado por compensación – 5” si se ha resuelto favorablemente, o “No procede compensación” si la resolución ha sido desfavorable. Este acuerdo será notificado por escrito al solicitante desde la Secretaría del Centro.

En el caso de haber obtenido una evaluación por compensación curricular favorable, el aprobado por compensación curricular equivaldrá a la calificación numérica de 5 en el acta de la asignatura y tendrá efectos académicos con fecha de la convocatoria inmediatamente anterior a la resolución. En el caso de que la resolución fuese desfavorable, no se procede a la compensación, pero tampoco afectará al expediente académico del\la estudiante, ni al cómputo de convocatorias. En cualquier caso, la solicitud quedará archivada en el expediente del\la estudiante.

Se puede interponer un recurso de alzada ante el Rector siguiendo los procedimientos habituales.

Resumen del procedimiento